Karla Giannina Mansilla Cáceres
Andina de Radiodifusión S.A.C. (ATV)
Programa: “Avances Informativos de los días 07 y 08 de febrero de 2013 del programa ATV Noticias”.

Sumilla:

  1. Ratificar la decisión del Comité de Solución de Quejas de la SNRTV, que declara fundada la queja presentada por la señora Mansilla contra ATV pues se ha acreditado que en los “Avances Informativos” emitidos los días 07 y 08 de febrero de 2013, del programa “ATV Noticias” se han infringido los principios establecidos en el artículo 3° del Código de Ética, sancionando a ATV con una amonestación.
  2. Reformar la sanción en lo que corresponde al mandato de difusión, teniendo en consideración que no ha existido una debida proporción entre las disculpas realizadas el 31 de mayo de 2013 y la difusión de los “Avances Informativos”. En consecuencia, ATV deberá emitir un nuevo mandato de difusión bajo las siguientes pautas:
    • Expresar las disculpas del caso a la quejosa por haberla comprendido en calidad de cabecilla de una supuesta organización delictiva dedicada a la obtención irregular de brevetes.
    • El mandato de difusión deberá ser emitido dentro de los 03 días de notificada la presente decisión, en las ediciones matutina y nocturna del noticiero ATV.
    • Las disculpas públicas deberán tener una duración no menor de 30 segundos, tiempo suficiente para que el televidente pueda apreciar el mensaje rectificatorio a cargo del canal.
    • El mandato de difusión deberá realizarse sin perjuicio de la rectificación realizada el 31 de mayo de 2013.
    • Finalmente, ATV deberá presentar al Tribunal de Ética el video respectivo que acredite el cabal cumplimiento del mandato de difusión, a efecto de que se pueda dar por terminada la controversia y ordenar su archivo».

Resolución del Tribunal de Ética de la SNRTV