ACCIONANTE: Marco Sifuentes Quintana
MEDIO DE COMUNICACIÓN: GRUPO RPP S.A.C.
MATERIA: La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad. La libertad de expresión, pensamiento y opinión. El respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar. El respeto al derecho de rectificación.
SUMILLA: Se declara ARCHIVAMIENTO DEFINITIVO de la queja presentada por el SEÑOR SIFUENTES contra GRUPO RPP.
https://snrtv.org.pe/wp-content/uploads/2017/07/Resolución-N°-015-2017-ST-SNRTV-0378462xD5B0E.pdf